lunes, 17 de diciembre de 2007

Testimonios alumnos Puerto Montt

Aqui pueden encontrar un video de 2 alumnos de Pto. Montt del Diploma de Gestión Tributaria y Laboral en la Sede de Puerto Montt de la Universidad Tecnológica de Chile- INACAP

miércoles, 29 de agosto de 2007

PREGUNTA, NECESITAMOS SU APOYO INTELECTUAL

Una de las razones de este blog es que no perdamos el contacto y poder ayudarnos entre todos a solucionar los problemas tributarios, a los que nos vemos enfrentados todos los dias.

Uno de uds necesita apoyo en cuanto a su opinión (obviamente sustentada). Seamos un equipo para ayudarnos

La pregunta es la siguiente:

Una consulta…resulta que un contribuyente giro agrícola, me dicen que la energía eléctrica debo calcular el IVA proporcional por ser casa patronal y destinarla al uso personal. Ya que el consumo es total del predio, incluyendo la casa patronal.

Espero su participación activa.

Alejandra

domingo, 15 de julio de 2007

LA NORMA IFRS Y LA LEY DE LA RENTA

El hecho de vivir en lo que se llamó en un principio en la "Aldea Global" y hoy un mundo globalizado, ha provocado enormes cambios en muchos ámbitos, uno de ellos ha tocado a la forma de presentar los estados financieros finales de las empresas en nuestro país.
A partir del 1º de enero de 2009, las sociedades anonimas abiertas, sujetas a la normativa de la superintentendencia de valores y seguros, deberán presentar sus estados finales de contabilidad de acuerdo a las normas de la IFRS.

(IASB ( International Accounting Standards Board)Es el organismo que tiene la responsabilidad de emitir las normas internacionales conocidas como las IAS (international accounting Standards e IFRS ( international Financial Reporting Standards)
De acuerdo al oficio circular 368 de 16 de octubre de 3006, emitido por la SVS se indica que a partir del 1º de enero de 2009 y buscando como objetivo el de minimizar las diferencias entre las normas locales y la normativa internacional, ha dictaminado que los estados financieros finales de la contabilidad, deberán ser presentados de acuerdo a las normas internacionales de reportes financieros.
Esta obligatoriedad es, en un principio, para todas las entidades inscritas en el registro de valores. Emisoras de valores de oferta pública, con excepción de las compañías de seguros. Incluidas las sociedades anónimas que tengan presencia bursatil.
El colegio de Contadores, la Sofofa y otros organismos tambien están participando en este gran cambio en las normas contables de nuestro país.
Dentro de todas las dudas que han provocado estos cambios, está aquella que dice relación con en que medida afectará, a la determinación de la renta liquida imponible para las empresas obligadas.
El superintentendente de Valores y seguros por medio de un oficio realizó la consulta al director del S.I.I.

El director del SII respondió por medio del oficio 293 el que y transcribo en parte.

DEL DIRECTOR DEL SII AL SUPERINTENDENTE DE VALORES Y SEGUROS:
26 ENERO DE 2006
OFICIO 293

"Ahora bien, como dichos principios contables no son compatibles con las disposiciones o normas tributarias, atendido a que ambos ámbitos (contable tributario) otorgan tratamientos diferentes a determinadas partidas, originándose con ello las denominadas diferencias permanentes y temporales, tales contribuyentes para los efectos de determinar la base imponible sobre la cual cumplen con sus obligaciones tributarias, deben efectuar al resultado financiero que arroje al balance los ajustes necesarios con el objeto de calcular el resultado tributario que ordena determinar la ley de la renta para la aplicación del impuesto de Primera Categoría que les afecta."

En relación con lo solicitado, este Servicio expresa que la Aplicación de las Normas Internacionales de Información financiera, se enmarcan en un ámbito estrictamente contable financiero que no modifican ni afectan a las normas tributarias, por lo que los contribuyentes antes referidos al determinar sus estados financieros, de acuerdo a las normas referidas, de todas maneras estarán obligados a efectuar los ajustes necesarios a dicho resultado financiero para determinar la utilidad tributaria sobre la cual deben cumplir sus obligaciones impositivas, ya que con motivo de la referida conversión se seguirán otorgando tratamientos diferentes a ciertas partidas desde el punto de vista contable financiero y tributario y por consiguiente persistirán las denominadas diferencias permanentes y transitorias"

domingo, 3 de junio de 2007

Paraísos tributarios

11 de febrero de 2004
Finanzas en los paraísos fiscales

por Richard W. Rahn
Richard W. Rahn es Director general del Center for Economic Growth y académico asociado de Cato Institute.

Algunos de los que lean esto pueden estar pensando: “Ah, Islas Caimán ¿no es ese el lugar con toda la actividad financiera ilegal?
Es cierto que Islas Caimán es el paraíso fiscal más grande del mundo y el quinto centro financiero más grande, aunque se encuentra en medio del Caribe en una pequeña y agradable isla con sólo 40,000 habitantes.
Pero, contrario a la mitología de películas y novelas, Islas Caimán no se volvió rico por servirle a criminales. La verdad es justamente lo contrario. Piénselo por un momento. Si estuviera buscando un lugar para poner su dinero, ¿escogería un banco manejado por incompetentes o criminales en una jurisdicción controlada por la Mafia? o ¿colocaría su dinero en un banco manejado por banqueros honestos y competentes en un país bajo el imperio de la ley?
El hecho es que esos paraísos fiscales, tales como Islas Caimán o Bermudas y otros grandes centros financieros, como es el caso de Suiza, el Reino Unido y los Estados Unidos, todos se caracterizan por tener cortes honestas y administradores competentes.
La mayor parte del dinero en Islas Caimán es institucional más que individual y es más difícil para un individuo abrir una cuenta en Caimán que en los Estados Unidos.
Islas Caimán también tiene acuerdos con el Servicio de Rentas Internas y el Departamento de Justicia estadounidense para intercambio de información sobre supuestos criminales, evasores de impuestos y terroristas. Si usted es un maleante, no es inteligente tratar de abrir una cuenta en jurisdicciones bien manejadas como Islas Caimán y Suiza porque ninguno de esos bancos ni gobiernos lo protegerá.
Sin embargo, la gente honesta se beneficia de una razonable privacidad bancaria en estas jurisdicciones. Otro hecho es que más dinero se “lava” en Nueva York y Londres que en lugares como Islas Caimán y Suiza.
Mucha gente piensa que hay montones de efectivo y oro en bóvedas en lugares como Caimán. De nuevo, el hecho es que hay muy poco efectivo físico y casi nada de oro en bóvedas de lugares como Islas Caimán.
Lo que Islas Caimán y otros de sus competidores proporcionan es un lugar en el que grandes compañías e instituciones financieras concentran recursos –de forma electrónica- sin ser gravados o sujetos a costosas e innecesarias regulaciones, hasta que estos recursos sean productivamente reinvertidos por todo el globo (lo que puede hacerse en cuestión de segundos).
La mayoría del dinero que entra a Islas Caimán es invertido en los Estados Unidos. Algo por el orden de cien mil millones de dólares circula por Islas Caimán cada año, pero este dinero no reside físicamente en esta pequeña isla ni los residentes lo poseen. (Los residentes obtienen su dinero de la provisión de primera categoría de servicios legales, contables, financieros y turísticos.)
El dinero lo poseen millones de personas que son inversionistas en compañías tanto estadounidenses como extranjeras y quienes, es su mayoría, ignoran que sus ingresos por retiro están siendo protegidos y aumentados porque parte de sus inversiones son continuamente reenviadas a Islas Caimán hasta tanto partan a más altos y mejores manejos.
No se comprende bien que el mundo sería más pobre y habría más personas en la pobreza si lugares como Islas Caimán no existieran.
En el mundo moderno, el crecimiento económico es altamente dependiente de la inversión de capitales. El capital financiero es necesario para construir nuevas plantas y equipos, para financiar investigación y desarrollo, incluyendo adelantos médicos, y para proveer los fondos para contratar trabajadores. Muchos países tienen impuestos muy altos sobre el capital, lo que se traduce en menores tasas de inversión y en una creación de empleo más lenta.
Ni individuos ni compañías ahorrarán si sus ahorros son altamente gravados. Sin ahorro no hay dinero para inversión.
El crecimiento económico global se maximiza cuando el capital se invierte en aquellas actividades y empresas que proveen la tasa de retorno ajustada al riesgo más alta después de impuestos. Lugares como Caimán proveen ambientes más eficientes y de bajo costo para instituciones que adquieren e invierten capital, protegido por el imperio de la ley. Por esto la mayoría de los grandes bancos internacionales operan en Islas Caimán, así como cientos de compañías de seguros y miles de fondos mutuos institucionales y de cubrimiento.
Porque Islas Caimán y sus competidores existen, instituciones e individuos están dispuestos a ahorrar más porque saben que tienen un refugio seguro para sus fondos hasta que puedan encontrar otra inversión productiva y rentable. Sin estos centros, habría mucho menos ahorro e inversión y una asignación menos eficiente del capital por todo el globo.
Algunos políticos tanto en Europa como en Estados Unidos tratan de encontrar un chivo expiatorio en los paraísos fiscales porque aquellos no castigan al capital a través de altos impuestos de la manera como muchos gobiernos en Europa y Estados Unidos lo hacen. Estos políticos o fallan en o deciden no reconocer que sus intentos de evitar que individuos e instituciones utilicen las entidades de los paraísos simplemente resultarán en menos ahorro e inversión y, últimamente, en un crecimiento económico más lento en sus propios países así como en el resto del mundo.
Si estos políticos no quieren que los fondos pasen por Islas Caimán y otros paraísos fiscales, lo constructivo sería reducir el nivel de impuestos en el ahorro e inversión productivas y reducir los trámites regulatorios en sus países de origen.
La próxima vez que escuche a algún político condenando a una compañía o individuo que utiliza un paraíso fiscal, dése cuenta que el político es o ignorante de los hechos económicos o que no le importa si hay menos empleos y más personas pobres en el mundo.
Traducido por Javier L. Garay Vargas para Cato Institute.

martes, 17 de abril de 2007

depreciacion acelerada FIN DEL PROYECTO

Hoy se voto el proyecto de depreciación acelerada que les he comentado anteriormente.

¡¡salió rechazado!!!

FIN

jueves, 12 de abril de 2007

depreciacion acelerada (proyecto con problemas)

Hace unos dias atras les comenté, (ver noticia mas abajo) acerca del proyecto de depreciación acelerada, presentado por el ejecutivo.
De acuerdo a como se mostraba la noticia en los medios, "proyecto estrella del ministro Velasco" daba la impresión, (al menos, la mia) que teniendo el gobierno mayoría, su resultado era solamente un trámite.

Pero..... al parecer no es tan asi.
Anexo noticia aparecida en el Diario El Mercurio de hoy, en donde se indica que la aprobación de la ley que aprueba el beneficio tributario, de la depreciación acelerada, sufrirá retrasos. ¡¡¡si es que se aprueba!!

¡¡comentarios!!!

ELMERCURIO.COM
Fuerte revés del ministro de Hacienda, Andrés Velasco, en el Congreso: Se complica medida clave de Chile Invierte

Jueves 12 de abril de 2007

Sólo petición del senador Pedro Muñoz (PS) de postergar la votación salvó de rechazo al proyecto de depreciación acelerada.

El proyecto estrella del plan Chile Invierte, el que otorga un período extraordinario de depreciación acelerada, se convirtió ayer en la peor pesadilla del ministro de Hacienda, Andrés Velasco.
Los senadores de la Alianza por Chile y varios de la Concertación anunciaron su voto en contra de la iniciativa, con lo que ésta corrió el serio riesgo de ser rechazada.
Sólo la oportuna reacción del senador (PS) Pedro Muñoz, quien pidió segunda discusión, salvó al proyecto.
Ello dio plazo hasta el próximo martes al Gobierno para convencer a sus parlamentarios. Tarea difícil, ya que todos los que manifestaron reparos al proyecto -Carlos Ominami (PS), Adolfo Zaldívar (DC), Nelson Ávila (PRSD) y Alejandro Navarro (PS)- fueron categóricos en señalar que no lo avalarían.
A ellos se sumó Mariano Ruiz-Esquide (DC), quien se abstendrá.Ni la presencia de los ministros de Hacienda, del Interior, Belisario Velasco, y el secretario general de la Presidencia, José Antonio Viera-Gallo, logró ordenar a la Concertación.
El panorama que presenta la oposición para Velasco no es mucho mejor. Si bien ayer el senador Juan Antonio Coloma (UDI) buscó la posibilidad de fijar un límite a las empresas que puedan optar a este beneficio, en la tarde, junto con la senadora de su partido Evelyn Matthei, decidió votar en contra.
La parlamentaria dijo que la razón para no apoyar el proyecto es que el país tiene un problema real de inversión y crecimiento que hay que enfrentar en forma seria "y no con un proyecto que sólo dura dos años y que se ve más como una medida electoral".
A ellos se sumó toda la bancada de la UDI y la de Renovación Nacional. El senador Baldo Prokurica (RN) sostuvo que la Alianza decidió no "volver a votar ningún proyecto de este tipo a favor, si no trae beneficios específicos para las pymes".Desde que ingresó la iniciativa al Congreso, parlamentarios de todos los sectores políticos sostuvieron que no apuntaba a las pymes, sino a las grandes empresas.
Además, las intervenciones de los parlamentarios -entre ellos la de Adolfo Zaldívar, Evelyn Matthei y Carlos Ominami- cuestionaron la política económica del Gobierno.Al término de la sesión, el ministro de Hacienda sostuvo que lo ocurrido en la sesión de ayer constituye sólo un atraso en el despacho de la iniciativa, y reiteró que las empresas pequeñas y medianas se verán beneficiadas con este proyecto.La iniciativa busca acelerar el desarrollo de proyectos de inversión.
Para ello establece que entre marzo de 2007 y diciembre de 2008 los contribuyentes de primera categoría podrán depreciar aceleradamente la mitad del costo de la inversión en activo fijo, nuevo o importado.
PLAZOFATAL: Hasta el próximo martes tiene el Gobierno para convencer a sus parlamentarios de votar a favor.

martes, 10 de abril de 2007

Nueva entrada

He creado otro blog, en uno hay novedades tributarias. ¡¡este!!
y otro les comento temas que se relacion con los impuestos.
¡¡Los invito a que hagan un link al otro, en donde los temas son contingentes!!!

Ale

jueves, 5 de abril de 2007

Iva en venezuela


Una de las formas de reactivar la economía es bajar los impuestos indirectos, nosotros convesamos en alguna oportunidad, que cuando una familia gana $150.000, en verdad no gasta los $150.000 en bienes y servicios, sino que solamente gasta $126.000, ya que los $24.000 de diferencia son IVA.
Sin pensar si toma o fuma, lo que implicaría que el desembolso en impuestos sería mayor, por lo que el gasto en bienes y servicio sería menor.
Les comenté, también, que esta idea está directamente relacionada con la idea politica del gobierno de turno.

Pero, mirando como funcionan los tributos en el mundo, me he encontrado con una sorpresa y me imagino que tambien será sorpresa para Uds.
El gobierno venezolano a fines de febrero del 2007 realizó una modificación tributaria en que declara una exención de IVA de ciertos alimentos y enseres industriales, todo ello con la finalidad de frenar la elevada inflación en el país. Con esta modificación quedan exentos de iva, los quesos, la carne, la venta de animales vivos, la mayonesa
Para otros productos, la rebaja fue del 14% al 11% a partir del 1º de marzo de este año, y a partir del 1º de julio sufrirá una nueva reducción hasta llevarla al 9%.

¿Que opinan?

martes, 3 de abril de 2007

Crédito del articulo 33 bis


Tal como nos recordó Brunny Rogel, la ley 20.171 y cuyas instrucciones están en la circular 20, de 29 de marzo, se modifica la tasa al crédito, establecida en el articulo 33 bis.

En este articulo, se establece un crédito contra el impuesto de 1ª categoría con una tasa del 4% .
La modificación tributaria eleva a un 6% el crédito, por un período determinado, pudiendo ser utilizada por la adquisicion de bienes fisicos del activo fijo, que hayan sido adquiridos nuevos, terminados de construir o recibidos en arrendamiento con opción de compra.

El plazo indicado para utilizar el beneficio es, durante el período comprendido entre el 1º de enero del 2007 y 31 de diciembre de 2009.

(les recuerdo que los bienes en leasing pueden utilizar este beneficio como si fueran propiedad de la empresa)

Otra modificación incorporada en la misma norma, dice relación con el monto máximo anual del beneficio, en donde saumenta el tope de 500 UTM a 650 UTM anuales.

Si uds. se fijan esto va en concordancia directa, con la modificación (aun no sale) que dice relación con la depreciación acelerada, el que a mi modo de ver personal, favorece especialmente a las grandes empresas.

Al igual que la Brunny los invito a participar, ya sea con información, comentarios, dudas, etc. Y hasta plantear sus casos personales, para que entre todos podamos ayudar en su resolución.

domingo, 1 de abril de 2007

Deudas tributarias



En un reciente fallo de la 3ª sala de la Corte suprema, el maximo tribunal que la Tesoreria General de la Republica"incurrio en una conducta ilegal y arbitraria" al ordenar la publicación de la deuda del recurrente a Dicom.

Depreciación acelerada


El día 20 de marzo fue presentado a la cámara de diputados, como iniciativa del ejecutivo, un proyecto de ley que permitirá un sistema de depreciación acelerado, para ser utilizado a contar de este 1º de marzo, hasta el año 2009.

El fundamento a este beneficio tributario es el incentivo a la inversión, y la modificación fue ingresada con suma urgencia.

En el proyecto se propone incrementar la proporción del valor que es reconocido como gasto por depreciación en los primeros períodos, pudiendo utilizarse hasta un 50% del valor del bien en el primer año.

El monto de depreciación indicado, podrá ser utilizado solamente en la medida que las inversiones sean materializadas en los plazos establecidos en el proyecto de ley.

En este se propone que al resultado tributario de este año y del próximo, los contribuyentes de primera categoría, pueden depreciar en forma extraordinaria el 50% del valor de determinados bienes del Activo fijo.

Otro requisito es que los bienes a depreciarse, deben haber sido adquiridos entre el 1º de marzo del año 2007 y diciembre del 2008 y deben comenzar a utilizarse durante ese período.

La ley no ha salido aun, pero ya pasó el primer tramite legislativo.

¿Y tu que opinas?