domingo, 1 de abril de 2007

Depreciación acelerada


El día 20 de marzo fue presentado a la cámara de diputados, como iniciativa del ejecutivo, un proyecto de ley que permitirá un sistema de depreciación acelerado, para ser utilizado a contar de este 1º de marzo, hasta el año 2009.

El fundamento a este beneficio tributario es el incentivo a la inversión, y la modificación fue ingresada con suma urgencia.

En el proyecto se propone incrementar la proporción del valor que es reconocido como gasto por depreciación en los primeros períodos, pudiendo utilizarse hasta un 50% del valor del bien en el primer año.

El monto de depreciación indicado, podrá ser utilizado solamente en la medida que las inversiones sean materializadas en los plazos establecidos en el proyecto de ley.

En este se propone que al resultado tributario de este año y del próximo, los contribuyentes de primera categoría, pueden depreciar en forma extraordinaria el 50% del valor de determinados bienes del Activo fijo.

Otro requisito es que los bienes a depreciarse, deben haber sido adquiridos entre el 1º de marzo del año 2007 y diciembre del 2008 y deben comenzar a utilizarse durante ese período.

La ley no ha salido aun, pero ya pasó el primer tramite legislativo.

¿Y tu que opinas?

1 comentario:

Anónimo dijo...

hola, lei los tres de sultana y me impactaron, busco el de vendidas de zana mushen sabes algo de el? quiero leerlo y ni impreso lo encuentro

gracias
alejandra (como tu)